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Constitucion de los Estados Unidos
Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos, con el fin de formar una Unión más
perfecta, establecer la justicia, garantizar la tranquilidad nacional, atender a
la defensa común, fomentar el bienestar general y asegurar los beneficios de la
libertad para nosotros mismos y para nuestra posteridad, por la presente
promulgamos y establecemos esta Constitución para los Estados Unidos de América.
ARTÍCULO. I.
Sección. 1.
Todos los poderes legislativos otorgados por esta Constitución residirán en un
Congreso de los Estados Unidos, que estará conformado por un Senado y una Cámara
de Representantes.
Sección. 2.
La Cámara de Representantes estará compuesta de miembros elegidos cada dos años
por el pueblo de los distintos estados, y los electores en cada estado deberán
llenar los requisitos exigidos a los electores de la rama más numerosa de la
Asamblea Legislativa de dicho estado.
No podrá ser representante ninguna persona que no haya cumplido veinticinco años
de edad, que no haya sido durante siete años ciudadano de los Estados Unidos y
que al tiempo de su elección no resida en el estado por el cual será elegido.
Tanto los representantes como los impuestos directos serán prorrateados entre
los diversos estados [que estén integrados a esta Unión, de acuerdo a su
respectivo número, el cual se determinará sumando al número total de personas
libres; en el cual se incluye a los que estén obligados a prestar servicio por
determinado número de años y se excluye a los indígenas que no estén sujetos al
pago de impuestos; las tres quintas partes de todas las demás personas]. La
enumeración real se efectuará en el curso de los tres años siguientes a la
primera reunión del Congreso de los Estados Unidos, y después en cada periodo
subsiguiente de diez años, en la forma en que aquel lo dispusiere por Ley. No
habrá más de un representante por cada treinta mil habitantes, pero cada estado
tendrá por lo menos un representante. En tanto se realiza la enumeración, el
estado de Nueva Hampshire tendrá derecho a elegir tres representantes;
Massachusetts ocho; Rhode Island y las Plantaciones de Providence, uno;
Connecticut cinco; Nueva York seis; Nueva Jersey cuatro; Pennsylvania ocho;
Delaware uno; Maryland seis; Virginia diez; Carolina del Norte cinco; Carolina
del Sur cinco y Georgia tres.
Cuando ocurran vacantes en la representación de cualquier estado, la autoridad
ejecutiva de este emitirá mandamientos de elección para cubrir tales vacantes.
La Cámara de Representantes elegirá a su presidente y a otros funcionarios; y
sólo ella tendrá la facultad de iniciar procedimientos de juicio político.
Sección. 3.
El Senado de los Estados Unidos estará formado por dos senadores por cada estado
[elegidos por sus respectivas Asambleas Legislativas], para periodos de seis
años; y cada senador tendrá derecho a un voto.
Tan pronto como se reúnan a consecuencia de la primera elección, se los dividirá
en la forma más equitativa posible en tres clases. Los asientos de los senadores
de la primera clase quedarán
vacantes al expirar el segundo año, los de la segunda clase cuando expire el
cuarto año y los de la tercera clase al expirar el sexto año, de tal modo que
cada dos años se renueve una tercera parte de ellos. [Y si se producen vacantes,
por renuncia o por cualquier otra causa, mientras esté en receso la Asamblea
Legislativa del estado respectivo, la autoridad ejecutiva del mismo podrá hacer
nombramientos provisionales hasta la próxima sesión de la Asamblea Legislativa,
la cual llenará entonces tales vacantes.]
Ninguna persona podrá ser senador si no ha cumplido treinta años de edad, si no
ha sido ciudadano de los Estados Unidos durante nueve años y si, en la fecha de
su elección, no es residente del estado por el cual será elegido.
El Vicepresidente de los Estados Unidos será Presidente del Senado, pero no
tendrá voto, salvo en casos de empate.
El Senado elegirá a sus demás funcionarios, así como también a un Presidente pro
tempore, en ausencia del Vicepresidente o cuando este desempeñe el cargo de
Presidente de los Estados Unidos.
El Senado tendrá poder exclusivo para conocer de todos los juicios políticos.
Cuando se reúnan para este fin, los Senadores prestarán juramento o harán la
promesa de cumplir fielmente su cometido. Si se juzga al Presidente de los
Estados Unidos, la sesión será presidida por el Magistrado Presidente de la
Corte Suprema. Nadie podrá ser convicto sin que concurran en ello las dos
terceras partes de los senadores presentes.
La sentencia en casos de juicio político no podrá exceder de la destitución del
cargo y la inhabilitación para obtener y desempeñar cualquier cargo de honor, de
confianza o con retribución, en el Gobierno de los Estados Unidos; pero el
funcionario convicto quedará, no obstante, sujeto a ser acusado, juzgado,
sentenciado y castigado de acuerdo a la ley.
Sección. 4.
La Asamblea Legislativa de cada estado determinará la fecha, lugar y manera de
celebrar las elecciones de senadores y representantes; empero, el Congreso podrá
aprobar o modificar en cualquier momento tales disposiciones mediante la
legislación adecuada [salvo en lo que atañe al lugar donde se habrá de elegir a
los senadores].
El Congreso se reunirá por lo menos una vez al año [y tal sesión comenzará el
primer lunes de diciembre], a no ser que por ley se señale otro día.
Sección. 5.
Cada Cámara será el único juez de las elecciones, las reelecciones y la
capacidad de sus propios miembros, y la mayoría de cada una constituirá el
quórum requerido para realizar sus trabajos; empero, un número menor podrá dar
por terminadas las sesiones de todos los días y podrá ser autorizado para
demandar la asistencia de los miembros ausentes, en la forma y bajo las
penalizaciones que cada Cámara determine.
Cada Cámara adoptará su reglamento, podrá castigar a sus miembros en caso de
conducta impropia y, con la anuencia de dos terceras partes de los presentes,
podrá expulsar a un miembro.
Cada Cámara tendrá un diario de sus sesiones y lo publicará en forma periódica,
con excepción de las partes que, a su Juicio, deban mantenerse en secreto; y
siempre que así lo desee la quinta parte de los miembros presentes, se harán
constar en dicho diario los votos afirmativos y negativos de los miembros de una
u otra Cámara sobre cualquier asunto.
Mientras el Congreso esté en sesión, ninguna Cámara podrá levantar sus sesiones
por más de tres días, sin el consentimiento de la otra, ni reunirse en otro
lugar que no sea aquél en el que las dos Cámaras estén laborando.
Sección. 6.
Los senadores y los representantes recibirán por sus servicios una remuneración
fijada por la ley, que se pagará con fondos de la Tesorería de los Estados
Unidos. Tanto cuando estén presentes en las sesiones de sus respectivas Cámaras,
como en el trayecto hacia ellas o al regresar de las mismas, ellos no podrán ser
arrestados, salvo en casos de traición, delitos graves o alteración de la paz;
así mismo, no podrán ser interpelados fuera de la Cámara por ninguno de sus
discursos o debates pronunciados en ella.
Ningún senador o representante, mientras dure el periodo para el cual fue
elegido, será nombrado para ningún cargo civil bajo la autoridad de los Estados
Unidos, que haya sido creado o cuyos emolumentos hayan sido acrecentados durante
ese tiempo; y ninguna persona que desempeñe un cargo bajo la autoridad de los
Estados Unidos podrá ser miembro de ninguna de las Cámaras mientras continúe en
tal cargo.
Sección. 7.
Todo proyecto de ley para recaudar contribuciones se originará en la Cámara de
Representantes; no obstante, el Senado podrá proponer enmiendas o concurrir con
ellas, como ocurre con cualquier otro proyecto.
Todo proyecto que haya sido aprobado por la Cámara de Representantes y el Senado
será sometido al Presidente de los Estados Unidos antes de que se convierta en
ley. Si el Presidente lo aprueba, lo firmará. De lo contrario, lo devolverá con
sus objeciones a la Cámara donde se originó el proyecto, la cual asentará en su
diario las objeciones en forma detallada y procederá a reconsiderarlo. Si al
cabo de la reconsideración dos terceras partes de dicha Cámara convienen en
aprobar el proyecto, éste será enviado, junto con las objeciones, a la otra
Cámara, la cual también lo reconsiderará y si resulta aprobado por las dos
terceras partes de sus miembros, se convertirá en ley. Sin embargo, en todos
esos casos la votación en cada Cámara será nominal y los votos en favor y en
contra del proyecto, junto con los nombres de los votantes, serán asentados en
el diario de cada una de ellas. Si el Presidente no devuelve un proyecto de ley
en un plazo de diez días (sin contar los domingos) a partir de la fecha que le
fue presentado, tal proyecto se convertirá en ley de la misma manera que si lo
hubiese firmado, a no ser que el Congreso, por el hecho de estar en receso,
impida su devolución. En ese caso, el proyecto no se convertirá en ley.
Toda orden, resolución o votación que requiera la concurrencia del Senado y de
la Cámara de Representantes (a menos que se trate de levantar la sesión) se
presentará al Presidente de los Estados Unidos, y antes de que entre en vigor
tendrá que recibir la aprobación de éste o, en caso de ser desaprobada por él,
dos terceras partes del Senado y de la Cámara de Representantes la tendrán que
aprobar de nuevo, conforme a las reglas y restricciones prescritas para
proyectos de ley.
Sección. 8.
El Congreso tendrá facultades para aplicar y recaudar impuestos, derechos,
contribuciones y alcabalas a fin de pagar las deudas y proveer para la defensa
común y el bienestar general de los Estados Unidos; pero todos los derechos,
contribuciones y alcabalas deberán ser uniformes para toda la Nación;
Para tomar dinero en préstamo con cargo al crédito de los Estados Unidos;
Para reglamentar el Comercio con naciones extranjeras, así como entre los
diversos estados y con las tribus indígenas;
Para establecer una regla uniforme de naturalización y leyes uniformes de
quiebras para toda la Nación;
Para acuñar moneda, reglamentar el valor de ésta y de la moneda extranjera, y
para fijar la norma de pesas y medidas;
Para disponer las sanciones por la falsificación de los valores y la moneda
circulante de los Estados Unidos;
Para establecer oficinas de correos y caminos postales;
Para fomentar el progreso de la ciencia y de las artes útiles, garantizando a
los autores e inventores el derecho exclusivo a sus respectivos escritos y
descubrimientos por tiempo limitado;
Para constituir tribunales inferiores a la Corte Suprema;
Para definir y castigar la piratería y los delitos graves cometidos en alta mar,
así como las infracciones al Derecho Internacional;
Para declarar la guerra, otorgar patentes de corso y represalia y establecer
reglas en materia de capturas en mar y en tierra;
Para reclutar y patrocinar ejércitos; pero ninguna asignación de fondos para
este fin podrá abarcar un periodo mayor de dos años;
Para disponer y mantener una Marina de Guerra;
Para establecer reglas para el gobierno y la reglamentación de las fuerzas de
tierra y mar;
Para convocar a la Milicia con el fin de dar cumplimiento a las leyes de la
Unión, sofocar insurrecciones y repeler invasiones;
Para proceder a organizar, armar y disciplinar a la Milicia y para gobernar la
parte de esta que pueda ser puesta al servicio de los Estados Unidos, reservando
a los estados respectivos el nombramiento de los oficiales y la autoridad para
entrenar a la Milicia de acuerdo con la disciplina que el Congreso prescriba;
Para ejercer el derecho exclusivo de legislar en todos los casos que se
presenten en el Distrito (cuya superficie no será mayor de un cuadrado de diez
millas) que, por cesión de algunos estados y con la aceptación del Congreso, se
convierta en la sede del Gobierno de los Estados Unidos; y para ejercer la misma
autoridad en todos los lugares adquiridos con el consentimiento de la Asamblea
Legislativa del Estado en el cual se encuentren, con el fin de construir fuertes,
polvorines, arsenales, astilleros y otras edificaciones necesarias; — Y
Para elaborar todas las leyes que sea necesario y propio tener a fin de poner en
práctica las precedentes facultades, así como todas aquellas que en virtud de
esta Constitución le puedan haber sido conferidas al Gobierno de los Estados
Unidos o a cualquiera de los departamentos o los funcionarios del mismo.
Sección. 9.
El Congreso no podrá prohibir antes del año mil ochocientos ocho la inmigración
o importación de aquellas personas cuya admisión sea considerada conveniente por
cualquiera de los estados hoy existentes; empero, tal importación podrá ser
gravada con un impuesto o derecho que no excederá de diez dólares por cada
persona.
No se suspenderá el privilegio del auto de hábeas corpus, a menos que se trate
de casos de rebelión o invasión en los que la seguridad pública así lo exija.
No se aprobará ningún escrito de proscripción y confiscación ni ley ex post facto
alguna.
No se aplicará ningún impuesto de capitación [u otro de tipo directo], a menos
que se haga en proporción al censo o enumeración que previamente ha ordenado
esta Constitución que se lleve a efecto.
No serán gravados con impuestos o derechos los artículos que sean exportados de
cualquier estado.
En ningún reglamento de comercio o de la renta pública se dará preferencia a los
puertos de un estado sobre los de otro; ni se podrá obligar a los barcos que se
dirijan a un estado o que provengan de él, a que entren, salgan o paguen
derechos en otro.
No se podrá retirar dinero del Tesoro si no es en virtud de asignaciones
efectuadas conforme a la ley; además, se publicará con regularidad un estado y
recuento completo de los ingresos y egresos públicos.
Ningún título nobiliario será otorgado en los Estados Unidos; y ninguna persona
que desempeñe un cargo retribuido o de confianza bajo la autoridad del Gobierno
podrá aceptar, sin el consentimiento del Congreso, dádiva, emolumento, cargo o
título, de índole alguna, de ningún rey, príncipe o estado extranjero.
Sección. 10.
Ningún estado participará en alianza, confederación o tratado alguno; otorgará
patentes de corso y represalia; acuñará moneda; emitirá cartas de crédito;
autorizará el pago de adeudos en otro numerario que no sea oro y plata; aprobará
ningún escrito de proscripción y confiscación, ley ex post facto u otra ley que
menoscabe la obligatoriedad de los contratos; ni concederá títulos nobiliarios.
Ningún estado podrá fijar impuestos o derechos sobre las importaciones o las
exportaciones sin el consentimiento del Congreso, a menos que sea absolutamente
necesario para dar
cumplimiento a sus leyes de inspección; y el producto neto de todos los derechos
e impuestos que fije cualquier estado sobre las importaciones o las exportaciones
será para usufructo del
Tesoro de los Estados Unidos; y todas esas leyes quedarán sujetas a la revisión
e intervención del Congreso.
Ningún estado podrá, sin el consentimiento del Congreso, fijar derecho de
tonelaje alguno, ni mantener tropas o barcos de guerra en tiempos de paz, ni
celebrar convenios o pactos con otro estado o con una potencia extranjera, ni
entrar en guerra, a menos que de hecho haya sido invadido o se vea en un peligro
tan inminente que su defensa no admita demora.
Artículo. II.
Sección. 1.
El Poder Ejecutivo residirá en el Presidente de los Estados Unidos de América.
Este desempeñará su Cargo por un término de cuatro años y su elección se
realizará de la siguiente manera, junto con la del Vicepresidente, quien
desempeñará su cargo durante el mismo término:
Cada Estado designará, en la forma que lo prescriba su Asamblea Legislativa, un
número de electores igual al número total de senadores y representantes que le
corresponda en el Congreso;
pero no será nombrado elector ningún senador o representante, ni persona alguna
que ocupe un cargo de confianza o con retribución bajo la autoridad de los
Estados Unidos.
[Los electores se reunirán en sus respectivos estados, y mediante votación
secreta elegirán a dos personas, de las cuales por lo menos una no será
residente del mismo estado que ellos. Ellos mismos harán una lista de todas las
personas por las que se haya votado y del número de votos que cada una haya
obtenido; entonces firmarán y certificarán esa lista y la remitirán sellada a la
sede del Gobierno de los Estados Unidos, dirigida al Presidente del Senado. En
presencia del Senado y de la Cámara de Representantes, el Presidente del Senado
abrirá todos los certificados y entonces los votos serán contados. Será
Presidente la persona que obtenga el mayor número de votos si dicho número
constituye mayoría frente al número total de electores designados; y si más de
una persona obtiene tal mayoría y recibe el mismo número de votos, entonces la
Cámara
de Representantes, por votación secreta, elegirá de inmediato a una de ellas
como Presidente; y si ninguna persona obtiene mayoría, entonces la susodicha
Cámara elegirá de la misma manera al Presidente entre las cinco personas que
aparezcan con más votos en la lista. Pero en la elección del Presidente, los
votos serán emitidos por estados y la representación de cada estado tendrá
derecho a un voto; para este fin, el quórum consistirá en uno o varios miembros
de dos terceras partes de las representaciones de los estados, y para que haya
elección será necesaria una mayoría de todos los estados. En cualquier caso, una
vez elegido el Presidente, la persona que haya obtenido mayor número de votos de
los electores será Vicepresidente. Pero si hubiere dos o más con un número igual
de votos, el Senado, por votación secreta, elegirá entre ellas al
Vicepresidente.]
El Congreso podrá determinar la fecha en que los electores serán seleccionados y
el día en el que habrán de votar; ese día será el mismo en toda la Nación.
No será elegible para el cargo de presidente quien no sea ciudadano por
nacimiento o ciudadano de los Estados Unidos en la fecha en que esta
Constitución sea adoptada. Tampoco será elegible para ese cargo quien no haya
cumplido treinta y cinco años de edad y no haya sido residente dentro de los
Estados Unidos durante catorce años.
En caso de destitución del Presidente de su cargo, o si muere, renuncia o queda
incapacitado para cumplir con las facultades y los deberes del susodicho cargo,
este será ocupado por el Vicepresidente; y en caso de destitución, muerte,
renuncia o incapacidad tanto del Presidente como del Vicepresidente, el Congreso
podrá intervenir con apego a derecho, declarando qué funcionario desempeñará
entonces la Presidencia, y tal funcionario ejercerá dicho cargo hasta que la
incapacidad cese o un Presidente haya sido elegido.
El Presidente recibirá a cambio de sus servicios, en las fechas que así se
determine, una remuneración que no podrá ser ni aumentada ni disminuida durante
el periodo para el cual haya sido elegido, y no recibirá dentro de ese periodo
ningún otro emolumento, ni de los Estados Unidos ni de ninguno de los estados.
Antes de iniciar el desempeño de su cargo, el Presidente prestará el siguiente
juramento o promesa: “Juro (o prometo) solemnemente que desempeñaré fielmente el
cargo de Presidente de
los Estados Unidos y que hasta el límite de mis capacidades guardaré, protegeré
y defenderé la Constitución de los Estados Unidos”.
Sección. 2.
El Presidente será Comandante en Jefe del Ejército y de la Marina de Guerra de
los Estados Unidos, y también de la Milicia de los distintos Estados cuando esta
sea llamada al servicio
activo de la Nación; él podrá requerir la opinión por escrito del funcionario
principal de cada uno de los departamentos del Ejecutivo sobre cualquier asunto
que se relacione con los deberes de sus respectivos cargos y tendrá facultad
para suspender la ejecución de sentencias y para conceder indultos por delitos
contra los Estados Unidos, excepto en casos de juicio político.
Con el consejo y consentimiento del Senado, él tendrá poder para celebrar
tratados, siempre que las dos terceras partes de los senadores presentes le den
su anuencia; así mismo, él propondrá y, con el consejo y consentimiento del
Senado, designará embajadores, otros ministros y cónsules públicos, jueces de la
Corte Suprema y todos los demás funcionarios de los Estados Unidos cuyas
designaciones no estén prescritas en este lugar y que serán establecidas
conforme a la ley; empero, con apego a la ley, el Congreso podrá confiar la
designación de esos funcionarios subalternos, según lo juzgue prudente, al
Presidente únicamente, a los tribunales de justicia o a los jefes de
departamento.
El Presidente tendrá la facultad de llenar todas las vacantes que se puedan
presentar durante el receso del Senado, otorgando nombramientos que expirarán al
final de la siguiente sesión del mismo.
Sección. 3.
El Presidente informará con regularidad al Congreso sobre el estado de la Unión
y le recomendará las medidas que él estime necesarias y convenientes; en
ocasiones extraordinarias, podrá convocar a ambas Cámaras o a cualquiera de
ellas, y en caso de desacuerdo entre las Cámaras con respecto a la fecha del
receso, el Presidente la podrá determinar cuando lo juzgue conveniente; él
recibirá a los embajadores y otros ministros públicos; también velará por el fiel
cumplimiento de las leyes y autorizará los nombramientos de todos los
funcionarios de los Estados Unidos.
Sección. 4.
El Presidente, el Vicepresidente y todos los funcionarios civiles de los Estados
Unidos serán destituidos de sus cargos en caso de ser sometidos a un juicio
político y recibir una condena por traición, cohecho u otros delitos graves y
faltas leves.
Artículo. III.
Sección. 1.
El Poder Judicial de los Estados Unidos residirá en una Corte Suprema y en los
tribunales menores que el Congreso cree y establezca periódicamente. Los jueces,
ya sea de la Corte
Suprema o de los tribunales menores, conservarán sus cargos mientras observen
buena conducta; y, en determinadas fechas, recibirán una remuneración por sus
servicios, la cual no será rebajada mientras ellos continúen en sus cargos.
Sección. 2.
El Poder Judicial se extenderá a todos los casos que en derecho y equidad surjan
bajo esta Constitución, las leyes de los Estados Unidos y los tratados
celebrados o que se vayan a celebrar bajo su autoridad; — a todos los casos que
afecten a embajadores y otros ministros públicos y cónsules; — a todos los casos
de almirantazgo y jurisdicción marítima; — a las controversias en las que
Estados Unidos sea una de las partes; — a las controversias entre dos o más
estados; — [entre un estado y los ciudadanos de otro estado;] — entre los
ciudadanos de diferentes estados;
— entre los ciudadanos del mismo estado que reclamen tierras bajo concesiones
otorgadas por diversos estados, y entre un estado o los ciudadanos del mismo y
estados, [ciudadanos o súbditos] extranjeros.
La Corte Suprema tendrá jurisdicción original en todos los casos que afecten a
embajadores, a otros ministros públicos y cónsules, y en aquellos en los que un
estado sea una de las partes. En todos los demás casos antes mencionados, la
Corte Suprema tendrá jurisdicción de apelación, tanto de derecho como de hecho,
con las excepciones y bajo la reglamentación que el Congreso establezca.
Todas las causas penales serán juzgadas por jurado, salvo los casos de juicio
político, y el proceso se llevará a cabo en el estado en el que dichos delitos
hayan sido cometidos; empero, si no fueron cometidos en ningún estado, el juicio
se celebrará en el sitio o los sitios que el Congreso designe de acuerdo a la
ley.
Sección. 3.
El delito de traición contra los Estados Unidos consistirá solamente en
levantarse en armas contra dicho país o en aliarse a sus enemigos, brindándoles
ayuda y facilidades. Nadie será convicto de traición a menos que se cuente con
el testimonio de dos testigos del mismo acto manifiesto, o por confesión en
audiencia pública.
El Congreso tendrá poder para declarar la pena por el delito de traición, pero
la sentencia por traición no implicará la corrupción de la sangre ni impondrá
confiscación alguna, salvo durante la vida de la persona sentenciada.
Artículo. IV.
Sección. 1.
Cada estado considerará de buena fe y dará crédito a las leyes, registros
públicos y
procedimientos judiciales de todos los demás estados. Y el Congreso podrá
prescribir, por medio de leyes generales, la manera de probar tales leyes,
registros y procedimientos, así como el efecto de los mismos.
Sección. 2.
Los ciudadanos de cada estado tendrán derecho a todos los privilegios e
inmunidades de los ciudadanos de los distintos estados.
La persona que en un estado cualquiera sea acusada de traición, delito grave o
cualquier otro crimen, y huya de la justicia del estado donde se le acusó y sea
hallada en otro estado, será entregada a la autoridad ejecutiva del estado del
cual se evadió, a solicitud de dicha autoridad, para que sea conducida al estado
que tenga jurisdicción para conocer del delito.
[Ninguna persona forzada a prestar servicio o a trabajar en un estado, bajo las
leyes del mismo, que huya a otro estado será dispensada de prestar dicho
servicio o trabajo amparándose en leyes o reglamentos del estado al cual huyó,
sino será entregada a petición de la parte que tenga derecho a su servicio o
trabajo.]
Sección. 3.
El Congreso podrá admitir nuevos estados a esta Unión; pero no se podrá formar
ni establecer ningún estado nuevo dentro de la jurisdicción de otro estado
cualquiera; tampoco se podrá formar ningún estado por la fusión de dos o más
estados o partes de estados, sin el consentimiento tanto de las Asambleas
Legislativas de los estados en cuestión como del Congreso.
El Congreso tendrá facultades para disponer de, y para promulgar todas las
reglas y reglamentos necesarios en relación con el territorio u otras
propiedades pertenecientes a los Estados Unidos; y ningún pasaje de esta
Constitución se deberá interpretar en perjuicio de cualquier reclamación de los
Estados Unidos o de algún estado en particular.
Sección. 4.
Estados Unidos garantizará a todos los estados de esta Unión una forma de
gobierno republicana y protegerá a cada uno de ellos contra cualquier invasión;
y cuando así lo solicite la Asamblea Legislativa, o el Ejecutivo (si no es
factible convocar a la primera), también los protegerá de la violencia interna.
Artículo. V.
El Congreso propondrá enmiendas a esta Constitución, siempre que dos terceras
partes de ambas Cámaras así lo estimen necesario; o bien, a petición de las
Asambleas Legislativas de dos terceras partes de los estados, convocará a una
Convención para proponer enmiendas, las cuales, en uno u otro caso, serán
válidas para todos los fines y propósitos como parte de esta
Constitución, cuando sean ratificadas por las Asambleas Legislativas de tres
cuartas partes de los estados, o por Convenciones celebradas en tres cuartas
partes de los mismos, de acuerdo con el modo de ratificación que haya propuesto
el Congreso; siempre y cuando [ninguna enmienda hecha antes del año mil
ochocientos ocho pueda afectar en modo alguno los incisos primero y
cuarto de la novena sección del primer artículo; y], sin su consentimiento,
ningún estado sea privado de la igualdad en materia de sufragio en el Senado.
Artículo. VI.
Todas las deudas y obligaciones contraídas antes de la adopción de esta
Constitución serán tan válidas para los Estados Unidos bajo esta Constitución
como lo eran bajo la Confederación.
Esta Constitución y las leyes de los Estados Unidos que en virtud de ella sean
creadas; y todos los tratados previamente celebrados o que se celebren bajo la
autoridad de los Estados Unidos serán la ley suprema de la Nación; y los jueces
de cada estado estarán obligados a acatarla, aun cuando hubiere alguna
disposición en contrario en la Constitución o en las leyes de cualquier Estado.
Los senadores y representantes antes mencionados y los miembros de las Asambleas
Legislativas de los diversos estados, así como todos los funcionarios ejecutivos
y judiciales, tanto de los Estados Unidos como de los distintos estados, se
comprometerán bajo juramento o promesa a hacer cumplir esta Constitución; mas no
se exigirá jamás requisito religioso alguno como condición para ocupar una
comisión o un cargo público, retribuido o de confianza, bajo la autoridad de los
Estados Unidos.
Artículo. VII.
La ratificación de las Convenciones de nueve estados será suficiente para el
Establecimiento de esta Constitución entre los estados que la ratifiquen.
La Palabra “el” está intercalada entre los renglones séptimo y octavo de la
primera página: la palabra “Treinta” aparece escrita parcialmente sobre una
tachadura en el decimoquinto renglón de la primera página; las palabras “es
juzgado” están intercaladas entre el trigésimo segundo y el trigésimo tercer
renglones de la primera página, y la palabra “la” está intercalada entre el
cuadragésimo tercero y el cuadragésimo cuarto renglones de la segunda página.
Doy fe, Secretario William Jackson
Dada en Convención con el consentimiento unánime de los estados presentes, el
decimoséptimo día de septiembre del Año de Nuestro Señor de mil setecientos
ochenta y siete, y decimosegundo de la independencia de los Estados Unidos de
América.
En testimonio de lo cual nosotros suscribimos la presente con nuestros nombres,
Go. Washington - Presidente y delegado de Virginia
Delaware
Geo. Read
Gunning Bedford jun John Dickinson
Richard Bassett Jaco. Broom
Maryland
James McHenry
Dan of St Thos Jenifer Danl Carroll
Virginia
John Blair
James Madison Jr. Carolina del Norte Wm. Blount
Richd Dobbs Spaight Hu Williamson Carolina del Sur
J. Rutledge
Charles Cotesworth Pinckney Charles Pinckney
Pierce Butler Georgia William Few Abr. Baldwin
Nueva Hampshire John Langdon Nicholas Gilman Massachusetts Nathaniel Gorham
Rufus King
Connecticut
Wm Saml Johnson Roger Sherman Nueva York Alexander Hamilton Nueva Jersey
Wil Livingston David Brearley Wm Paterson Jona. Dayton Pennsylvania B Franklin
Thomas Mifflin Robt Morris Geo. Clymer
Thos. FitzSimons Jared Ingersoll James Wilson.
Gouv Morris
ENMIENDAS A LA CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS
(La Carta de Derechos: Enmiendas I - X) Preámbulo a la Carta de Derechos
Congreso de los Estados Unidos iniciado y celebrado en la Ciudad de Nueva York
el miércoles cuatro de marzo de mil setecientos ochenta y nueve.
Las Convenciones de algunos de los estados, habiendo expresado en el momento de
adoptar la Constitución el deseo de que, para prevenir la mala interpretación o
el abuso de sus facultades, se agreguen ciertas cláusulas declaratorias y
restrictivas: Y a fin de ampliar las bases de la confianza pública en el Gobierno,
como mejor se garanticen los propósitos beneficiosos de su institución,
RESOLVIERON por medio del Senado y la Cámara de Representantes de los Estados
Unidos de América, en una reunión del Congreso a la cual concurrieron dos
terceras partes de ambas Cámaras, que los siguientes Artículos fueran propuestos
a las Asambleas Legisla tivas de los diferentes Estados como enmiendas a la
Constitución de los Estados Unidos, considerando que todos o cualquiera de sus
artículos, una vez ratificados por tres cuartas partes de las susodichas
Asambleas Legislativas, serán válidos para todos los fines y propósitos, como
parte de dicha Constitución; a saber.
ARTÍCULOS que, en adición y enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de
América, fueron propuestos por el Congreso y ratificados por las Asambleas
Legislativas de los distintos estados, de conformidad con el quinto artículo de
la Constitución original.
Enmienda I
El Congreso no aprobará ninguna ley que se aboque al establecimiento de religión
alguna, o que prohíba el libre ejercicio de la misma; o que coarte la libertad
de expresión o de prensa; o el derecho del pueblo a reunirse pacíficamente y a
solicitar del Gobierno la reparación de agravios.
Enmienda II
Siendo necesaria para la seguridad de un Estado libre una Milicia bien
organizada, no se deberá coartar el derecho del pueblo a poseer y portar armas.
Enmienda III
En tiempos de paz, ningún soldado será alojado en vivienda alguna sin el
consentimiento del propietario; ni tampoco lo será en tiempos de guerra, salvo
en la forma que prescriba la ley.
Enmienda IV
No se violará el derecho del pueblo a la seguridad de sus personas, hogares,
documentos y pertenencias, contra allanamientos e incautaciones fuera de lo
razonable, y no se expedirá ningún
mandamiento judicial para el efecto, si no es en virtud de causa probable,
respaldada en juramento o promesa, y con la descripción en detalle del lugar que
habrá de ser allanado y de las personas o efectos que serán objeto de detención
o incautación.
Enmienda V
Ninguna persona será obligada a responder por un delito capital o infamante si
no es en virtud de denuncia o acusación por un gran jurado, salvo en los casos
que ocurran en las fuerzas armadas de mar y tierra, o en la Milicia, cuando
estén en servicio activo en tiempos de guerra o de peligro público; ni podrá
persona alguna ser sometida dos veces, por el mismo delito, a un juicio que
pueda ocasionar la pérdida de su vida o de su integridad corporal; ni será
compelida a declarar contra sí misma en ningún proceso penal, ni será privada de
su vida, su libertad o sus bienes sin el debido procedimiento legal; ni se podrá
expropiar una propiedad privada para destinarla a uso público sin la justa
compensación.
Enmienda VI
En todas las causas penales, el acusado gozará del derecho a un juicio expedito
y público, por un jurado imparcial del Estado y distrito en el cual haya sido
cometido el delito, distrito que será previamente fijado de acuerdo a la ley; y a
ser informado de la naturaleza y causa de la acusación; a carearse con los
testigos en su contra; a que se adopten medidas compulsivas para la
comparecencia de los testigos que cite a su favor y a contar con la asistencia
de un abogado para su defensa.
Enmienda VII
En litigios bajo el derecho consuetudinario en los que el valor objeto de
controversia exceda de veinte dólares, se mantendrá el derecho a juicio por
jurado, y ningún hecho que haya sido juzgado por un jurado podrá ser revisado
por tribunal alguno de los Estados Unidos, si no es de acuerdo con las reglas
del derecho consuetudinario.
Enmienda VIII
No se requerirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas excesivas ni castigos
crueles e inusuales.
Enmienda IX
La mención de ciertos derechos en la Constitución no se debe interpretar como la
denegación o la restricción de otros derechos que el pueblo se haya reservado
para sí mismo.
Enmienda X
Las facultades que esta Constitución no delegue expresamente al Gobierno
Federal, ni prohíba a los estados, quedan reservadas respectivamente a los
estados o al pueblo.
Enmienda XI (1795)
No se debe considerar que el Poder Judicial de los Estados Unidos se extienda a
litigio alguno, en derecho o en equidad, incoado o instruido contra alguno de
los estados de la Unión por ciudadanos de otro estado, o por ciudadanos o
súbditos de cualquier Estado extranjero.
Enmienda XII (1804)
Los electores se reunirán en sus respectivos estados y, por sufragio secreto,
votarán por un Presidente y Vicepresidente, uno de los cuales, por lo menos, no
debe ser residente del mismo estado que ellos; designarán en sus papeletas a la
persona por quien voten para Presidente, y en papeletas distintas, a la persona
por quien voten para Vicepresidente, y harán listas por separado de todos
aquellos por quienes hayan votado para Presidente y de todos aquellos por
quienes hayan votado para Vicepresidente, con el número de votos emitidos a
favor de cada uno; esas listas serán firmadas, certificadas y remitidas por ellos,
debidamente selladas, a la sede del Gobierno de los Estados Unidos, dirigidas al
Presidente del Senado;—El Presidente del Senado, en presencia del Senado y de la
Cámara de Representantes, abrirá todos los certificados y entonces se procederá a
contar los votos;—La persona que obtenga el mayor número de votos para el cargo
de presidente será Presidente si ese número constituye la mayoría del número
total de los electores designados; y si ninguna persona obtiene tal mayoría,
entonces entre las tres personas a lo sumo que hayan obtenido mayor número de
votos en la lista para Presidente, la Cámara de Representantes elegirá de
inmediato, por votación secreta, al Presidente. Pero al elegir al Presidente,
los votos se emitirán por estados, correspondiendo un voto a la representación
de cada estado; para este fin, el quórum consistirá en un miembro o miembros de
dos terceras partes de los estados, siendo necesaria la mayoría de todos los
estados para ganar la elección.
{Y si la Cámara de Representantes, cuando el derecho de elegir recaiga sobre
ella, no elige un Presidente [antes del cuarto día del mes de marzo siguiente],
entonces el Vicepresidente hará las veces de Presidente, igual que en caso de
muerte u otra inhabilitación constitucional del Presidente.}*—Será
Vicepresidente la persona que obtenga el mayor número de votos para el cargo de
vicepresidente, si dicho número constituye la mayoría del número total de
electores designados; y si ninguna persona obtiene mayoría, entonces el Senado
elegirá al Vicepresidente entre las dos personas de la lista que hayan obtenido
mayor número de votos; para este fin el quórum consistirá en las dos terceras
partes del número total de Senadores, requiriéndose la mayoría del número total
para la elección. Empero, ninguna persona constitucionalmente inelegible para el
cargo de presidente será elegible para el de Vicepresidente de los Estados
Unidos.
Enmienda XIII (1865)
Sección 1.
Ni la esclavitud ni la servidumbre involuntaria existirán en los Estados Unidos
o en cualquier lugar sujeto a su jurisdicción, salvo como castigo por un delito
del cual la persona haya sido debidamente convicta.
Sección 2.
El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir las disposiciones de este
artículo por medio de la legislación apropiada.
* Sustituido por la Sección 3 de la vigésima Enmienda.
Enmienda XIV (1868)
Sección 1.
Toda persona nacida o naturalizada en los Estados Unidos y sujeta a su
jurisdicción, será ciudadana de los Estados Unidos y del estado en el que
resida. Ningún estado aprobará o hará cumplir ley alguna que restrinja los
privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; ni ningún
estado privará a persona alguna de su vida, su libertad o su propiedad sin el
debido procedimiento legal; ni negará a nadie, dentro de su jurisdicción, la
protección de las leyes en un plano de igualdad.
Sección 2.
Los representantes serán prorrateados entre los distintos estados de acuerdo con
su respectiva población, contando el número total de personas en cada estado
[sin contar a los indígenas que no pagan contribuciones]. Pero cuando el derecho
de votar en cualquier elección por las personas que hayan sido escogidas por los
electores para los cargos de Presidente y Vicepresidente de los
Estados Unidos, por representantes en el Congreso, por funcionarios ejecutivos y
judiciales de un estado o por miembros de la Asamblea Legislativa del mismo, le
sea negado a cualquiera de los residentes varones de tal estado que tengan
veintiún años de edad* o más y sean ciudadanos de los Estados Unidos; o cuando
de cualquier modo ese derecho les sea restringido, excepto por haber participado
en una rebelión u otro delito, la base de la representación será reducida para
dicho estado en la proporción que el número de tales ciudadanos varones guarde
con respecto al total de los ciudadanos varones de veintiún años de edad o más
en dicho estado.
Sección 3.
No podrá ser senador o representante en el Congreso, ni elector para elegir
Presidente y Vicepresidente, ni desempeñará cargo civil o militar alguno bajo la
autoridad de los Estados Unidos o de cualquier estado, quien, habiendo jurado
previamente defender la Constitución de los Estados Unidos como miembro del
Congreso, como funcionario de los Estados Unidos o como miembro de la Asamblea
Legislativa de cualquier estado o como funcionario ejecutivo o judicial del
mismo, haya tomado parte en alguna insurrección o rebelión contra los Estados
Unidos o haya prestado ayuda o facilidades a los enemigos del país. Empero el
Congreso, por medio del voto de dos terceras partes de cada Cámara, podrá
subsanar esa incapacidad.
Sección 4.
No se cuestionará la validez de la deuda pública de los Estados Unidos
autorizada de acuerdo a la ley, incluso las deudas contraídas para el pago de
pensiones y recompensas por servicios prestados para sofocar insurrecciones o
rebeliones. Pero ni los Estados Unidos ni ningún Estado asumirán o pagarán deuda
u obligación alguna contraída para ayudar a una insurrección o rebelión contra
los Estados Unidos, ni reclamación alguna por la pérdida o emancipación de
algún esclavo; ya que tales deudas, obligaciones y reclamaciones serán
consideradas ilegales y nulas.
Sección 5.
El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir las disposiciones de esta
enmienda por medio de la legislación apropiada.
Enmienda XV (1870)
Sección 1.
Ni los Estados Unidos ni ningún estado de la Unión podrán negar o coartar el
derecho de los
* Modificado por la Sección 1 de la Vigésimo Sexta Enmienda.
ciudadanos de los Estados Unidos al sufragio por razón de raza, color o
condición previa de servidumbre.
Sección 2.
El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir las disposiciones de este
artículo por medio de la legislación apropiada.
Enmienda XVI (1913)
El Congreso tendrá facultades para aplicar y recaudar impuestos sobre ingresos,
sea cual fuere la fuente de la que éstos provengan, sin prorrateo entre los
diversos estados y sin considerar ningún censo o enumeración.
Enmienda XVII (1913)
El Senado de los Estados Unidos estará conformado por dos senadores de cada
estado, elegidos por el pueblo de este para un periodo de seis años, y cada
senador tendrá derecho a un voto. Los electores de cada estado deberán poseer
los requisitos necesarios para ser electores de la rama más numerosa de las
Asambleas Legislativas estatales.
Cuando en el Senado se presenten vacantes en la representación de algún estado,
la autoridad ejecutiva de dicho estado convocará a elecciones para llenar esas
vacantes: siempre y cuando la Asamblea Legislativa de cualquier estado pueda
conferir a su propio Ejecutivo facultades para conceder nombramientos temporales
hasta que el pueblo llene las vacantes por medio de una elección, en la forma
que la Asamblea Legislativa disponga.
Esta enmienda no deberá ser interpretada en modo alguno que afecte la elección o
el periodo de servicio de ningún senador elegido antes de la entrada en vigor de
la misma como parte de la Constitución.
Enmienda XVIII (1919, revocada por la Enmienda XXI)
Sección 1.
Al cabo de un año de la ratificación de este artículo, por la presente queda
prohibida la
fabricación, venta o transporte de bebidas embriagantes dentro de los Estados
Unidos y todos los territorios sujetos a su jurisdicción, así como su
importación a, o su exportación desde los mismos.
Sección 2.
El Congreso y los diversos estados tendrán facultades concurrentes para hacer
cumplir las disposiciones de este artículo por medio de la legislación
apropiada.
Sección 3.
Este artículo no tendrá efecto alguno, a menos que las Asambleas Legislativas de
los distintos estados la ratifiquen como una enmienda a la Constitución, conforme
a lo preceptuado en ésta, en un plazo de siete años contados a partir de la
fecha en la que el Congreso la someta a la consideración de los estados.
Enmienda XIX (1920)
El derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos al sufragio no podrá ser
denegado o coartado a causa del sexo, ni por los Estados Unidos ni por ningún
Estado.
El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir las disposiciones de este
artículo por medio de la legislación apropiada.
Enmienda XX (1933)
Sección 1.
El periodo de servicio del Presidente y el Vicepresidente expirará al mediodía
del vigésimo día de enero, y el de los senadores y representantes al mediodía
del tercer día de enero, de los años en los cuales dicho término habría expirado
si no hubiera sido ratificado este artículo; y entonces empezará el periodo de
sus sucesores.
Sección 2.
El Congreso se reunirá por lo menos una vez al año, y esa sesión comenzará al
mediodía del tercer día de enero, a menos que se disponga otra fecha conforme a
la ley.
Sección 3.
Si en la fecha en que el Presidente tenga que empezar a desempeñar su cargo, el
Presidente electo ha muerto, el Vicepresidente electo se convertirá en
Presidente. Si no se ha elegido un
Presidente antes de la fecha en que este debe iniciar sus funciones, o si el
Presidente electo no ha llenado los requisitos, entonces el Vicepresidente
electo hará las veces de Presidente hasta que un Presidente llene los
requisitos; y, con apego a la ley, el Congreso podrá tomar providencias en caso
de que ni el Presidente ni el Vicepresidente electos reúnan los requisitos
necesarios, declarando quién hará entonces las veces de Presidente, o el modo en
que se seleccionará a quien deba de actuar como tal, debiendo dicha persona
desempeñarse en esa capacidad hasta que se designe un Presidente o un
Vicepresidente que llene los requisitos.
Sección 4.
El Congreso podrá, de acuerdo a la ley, tomar providencias en caso de que muera
cualquiera de las personas entre las cuales la Cámara de Representantes puede
elegir un Presidente, siempre que recaiga sobre ellos el derecho de hacer tal
selección, y en caso del fallecimiento de
cualquiera de las personas entre las cuales el Senado puede elegir un
Vicepresidente, cuando el derecho de hacer tal selección recaiga sobre ellos.
Sección 5.
Las Secciones 1 y 2 entrarán en vigor el decimoquinto día del mes de octubre
siguiente a la ratificación de este artículo.
Sección 6.
Este artículo no surtirá efecto alguno, a menos que las Asambleas Legislativas
de tres cuartas partes de los distintos Estados lo ratifiquen como enmienda a la
Constitución, en un plazo de siete años a partir de la fecha en que les sea
presentado.
Enmienda XXI (1933)
Sección 1.
Por la presente, el decimoctavo artículo de enmienda a la Constitución de los
Estados Unidos queda derogado.
Sección 2.
El transporte o la importación de bebidas embriagantes a cualquier estado,
territorio o posesión de los Estados Unidos, para su entrega o uso en los mismos
en violación de las leyes allí vigentes, quedan prohibidos por la presente.
Sección 3.
Este artículo no tendrá efecto alguno, a menos que haya sido ratificado como una
enmienda a la Constitución por convenciones reunidas en los distintos estados,
tal como se ha dispuesto en la Constitución, en un plazo de siete años a partir
de la fecha en que el Congreso lo someta a la consideración de los estados.
Enmienda XXII (1951)
Sección 1.
Ninguna persona podrá ser elegida más de dos veces para el cargo de presidente,
y nadie que haya ocupado el cargo de presidente, o que haya actuado como
Presidente por más de dos años de un periodo para el cual fue elegida otra
persona, podrá ser elegido más de una vez para el cargo de presidente. Empero,
este artículo no se aplicará a ninguna persona que ocupe el cargo de presidente
cuando dicho artículo fue propuesto por el Congreso, y no impedirá que la
persona que esté ocupando el cargo de presidente, o que haga las veces de
Presidente, durante el periodo en que este artículo entre en vigor, ocupe el
cargo de presidente o haga las veces de Presidente por el resto de dicho
periodo.
Sección 2.
Este artículo no tendrá efecto alguno, a menos que haya sido ratificado como una
enmienda a la Constitución por las Asambleas Legislativas de tres cuartas partes
de los distintos Estados en un plazo de siete años a partir de la fecha en que
el Congreso lo someta a la consideración de los estados.
Enmienda XXIII (1961)
Sección 1.
El Distrito que constituye la sede del Gobierno de los Estados Unidos, designará
en la forma que lo prescriba el Congreso:
Un número de electores de Presidente y Vicepresidente igual al número total de
senadores y representantes que le correspondería en el Congreso al Distrito si
este fuere un Estado, pero en ningún caso dicho número será mayor que el del
Estado que tenga menos población; dichos electores serán adicionales a los
designados por los estados, pero para los fines de la elección del Presidente y
el Vicepresidente serán considerados como electores designados por un estado; y
se reunirán en el Distrito y desempeñarán los deberes prescritos en el
decimosegundo artículo de enmienda.
Sección 2.
El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir las disposiciones de este
artículo por medio de la legislación apropiada.
Enmienda XXIV (1964)
Sección 1.
El derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos a votar en una elección
primaria o en cualquier otra por el Presidente o el Vicepresidente, por
electores del Presidente o el Vicepresidente, o por Senadores o Representantes
en el Congreso, no les será denegado o restringido por los Estados Unidos ni por
cualquier estado por el hecho de no haber pagado cualquier capitación u otro
impuesto.
Sección 2.
El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir las disposiciones de este
artículo por medio de la legislación apropiada.
Enmienda XXV (1967)
Sección 1.
En caso de remoción del cargo, muerte o renuncia del Presidente, el
Vicepresidente se convertirá en Presidente.
Sección 2.
Siempre que se presente una vacante en el cargo de vicepresidente, el Presidente
nombrará un Vicepresidente, quien tomará posesión de su cargo una vez que haya
sido ratificado por mayoría de votos en ambas Cámaras del Congreso.
Sección 3.
Siempre que el Presidente, en una declaración escrita, comunique al Presidente
pro témpore del Senado y al Presidente de la Cámara de Representantes que está
incapacitado para desempeñar las facultades y obligaciones de su cargo, y en
tanto no les transmita una declaración escrita que diga lo contrario, tales
facultades y obligaciones serán desempeñadas por el Vicepresidente, en calidad
de Presidente interino.
Sección 4.
Siempre que el Vicepresidente y la mayoría de los funcionarios principales de
los departamentos del Ejecutivo, o de otro órgano como el Congreso, según lo
disponga la ley, transmitan al Presidente pro témpore del Senado y al Presidente
de la Cámara de Representantes su declaración escrita de que el Presidente está
incapacitado para desempeñar las facultades y obligaciones de su cargo, el
Vicepresidente asumirá de inmediato las facultades y obligaciones de dicho cargo
como Presidente interino.
Más tarde, cuando el Presidente transmita al Presidente pro témpore del Senado y
al Presidente de la Cámara de Representantes su declaración escrita de que ya no
existe tal incapacidad, él reasumirá las facultades y obligaciones de su cargo,
a menos que el Vicepresidente y la mayoría de los funcionarios principales de
los departamentos del Ejecutivo, o de otro órgano como el Congreso, según lo
disponga la ley, transmitan dentro de un plazo de cuatro días al Presidente pro
témpore del Senado y al Presidente de la Cámara de Representantes su declaración
escrita de que el Presidente está incapacitado para desempeñar las facultades y
obligaciones de su cargo. A partir de entonces, el Congreso tendrá que resolver
la cuestión, reuniéndose en un plazo de cuarenta y ocho horas para ese
propósito, si no se encuentra en sesión. Si dentro de los veintiún días
siguientes a la recepción de la última declaración escrita o, si el Congreso no
está en sesiones, dentro de los veintiún días siguientes a la fecha en que dicho
órgano fue convocado, el Congreso determina por dos tercios del voto de ambas
Cámaras que el Presidente está incapacitado para desempeñar las funciones y
obligaciones de su cargo, el Vicepresidente seguirá desempeñando las mismas como
Presidente interino; de lo contrario, el Presidente reasumirá los poderes y
obligaciones de su cargo.
Enmienda XXVI (1971)
Sección 1.
El derecho al voto de los ciudadanos de los Estados Unidos que tengan dieciocho
años de edad o más no será denegado o coartado, ni por los Estados Unidos ni por
estado alguno, a causa de la edad.
Sección 2.
El Congreso tendrá facultades para poner en vigor este artículo por medio de la
legislación apropiada.
Enmienda XXVII (1992)
Ninguna ley que modifique la remuneración por los servicios de los senadores y
representantes podrá entrar en vigor mientras no se lleve a cabo una nueva
elección de Representantes.
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